Bases del concurso

BASES DEL CONCURSO DE RECONOCIMIENTO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LAS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA, COMERCIO INTERNO Y OTRAS MATERIAS DEL SECTOR MYPE E INDUSTRIA, BAJO COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

CATEGORÍA: FACTURAS NEGOCIABLES

  1. DEL CONCURSO DE RECONOCIMIENTO DE BUENAS PRÁCTICAS – CATEGORÍA: FACTURAS NEGOCIABLES

    El Concurso de Reconocimiento de Buenas Prácticas – Categoría: Facturas Negociables es una iniciativa del Ministerio de la Producción dirigido a las empresas privadas y entidades públicas que adquieren bienes y/o servicios de proveedores, particularmente de las micro y pequeñas empresas, que busca incentivar el cumplimiento de sus obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley Nº 29623, Ley que promueve el Financiamiento a través de la Factura Comercial, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 208-2015-EF, así como mejorar la gestión de las facturas negociables de sus proveedores al interior de sus organizaciones.

  2. OBJETIVO DEL CONCURSO DE RECONOCIMIENTO DE BUENAS PRÁCTICAS – CATEGORÍA: FACTURAS NEGOCIABLES

    El objetivo del presente Concurso de Reconocimiento de Buenas Prácticas es incentivar a las empresas privadas y entidades públicas a implementar buenas prácticas en la gestión de las Facturas Negociables de sus proveedores de bienes y/o servicios, principalmente de las MYPE, a fin de promover el uso de este instrumento financiero como mecanismo para la obtención de liquidez inmediata.

    Específicamente, se busca:

    • Identificar, reconocer, visibilizar y difundir buenas prácticas en la gestión de las Facturas Negociables, que contribuyan a optimizar el mercado de factoring nacional; e,
    • Implementar nuevas estrategias de cumplimiento regulatorio en materia de Facturas Negociables, privilegiando el enfoque de gestión y prevención del riesgo.

  3. DEFINICIONES

    Para los fines de las presentes Bases, se entiende por:

    • Administrado: persona natural o jurídica, patrimonio autónomo, sociedad irregular, forma asociativa de empresa u otro tipo de sujeto de derecho que desarrolla actividades de la industria, el comercio interno y demás materias bajo el ámbito de competencia de PRODUCE.
    • Buenas Prácticas en Facturas Negociables: Es toda acción implementada voluntariamente por el administrado destinada al cumplimiento de sus obligaciones fiscalizables a través de la cual mejora la gestión de las Facturas Negociables, y que es de impacto, sostenible, replicable, innovadora y resiliente.
    • MYPE: Micro y Pequeñas Empresas.
    • Postulantes: Los postulantes son empresas privadas y entidades públicas de todo el país que adquieren bienes y/o servicios de proveedores, particularmente de las MYPE.
    • PRODUCE: Ministerio de la Producción.

  4. ETAPAS DEL CONCURSO DE RECONOCIMIENTO DE BUENAS PRÁCTICAS – CATEGORÍA: FACTURAS NEGOCIABLES

    Las etapas del Concurso de Reconocimiento de Buenas Prácticas – Categoría: Facturas Negociables son:

    • Convocatoria.
    • Postulación.
    • Fiscalización.
    • Evaluación.
    • Selección.
    • Comunicación de resultados y otorgamiento del reconocimiento de buenas prácticas. .

    Cada una de estas etapas se llevan a cabo conforme a lo señalado por los Lineamientos para la Aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las Actividades de la Industria, Comercio Interno y otras materias del sector MYPE e Industria, bajo competencia del Ministerio de la Producción, aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 00050-2022-PRODUCE.

  5. CRITERIOS PARA CONSIDERAR A LOS POSTULANTES COMO NO APTOS

    Se considerarán como no aptos a aquellos postulantes que ostenten una o varias de las siguientes condiciones:

    • Que hayan sido sancionados por el incumplimiento de sus obligaciones fiscalizables por parte de entidades fiscalizadoras, en los dos (02) años anteriores a la postulación.
    • Que estén siendo investigados por presuntos incumplimientos de obligaciones fiscalizables en el marco de un procedimiento administrativo sancionador, al momento de la postulación.
    • Que hayan sido detectados con hallazgos de presuntos incumplimientos de obligaciones fiscalizables en una acción de fiscalización y que obre en un informe final de fiscalización, dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de postulación.
    • Aquellos administrados que hayan sido detectados con hallazgo de presuntos incumplimientos de obligaciones fiscalizables en una acción de fiscalización realizada en el marco del Régimen de Buenas Prácticas, no podrá volver a postular en un lapso de doce (12) meses de culminada dicha fiscalización.

  6. PROCESO DE POSTULACIÓN

    Para postular, se siguen los siguientes pasos:

    • Paso 1: Descargar del Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) el Formato Nº 1: “Ficha de Postulación” y el Formato Nº 2: “Descripción de la Buena Práctica” (en adelante, los Formatos Nºs 1 y 2). Los Formatos Nºs 1 y 2 son anexos de los Lineamientos para la Aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las Actividades de la Industria, Comercio Interno y otras materias del sector MYPE e Industria, bajo competencia del Ministerio de la Producción, aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 00050-2022-PRODUCE.
    • Paso 2: Llenar los Formatos Nºs 1 y 2. Es posible solicitar una asesoría para el llenado de los formatos, a través del correo electrónico: buenaspracticasmypei@produce.gob.pe.
    • Paso 3: Remitir los Formatos Nº 1 y 2 a través de las siguientes vías: . - Mesa de Partes Virtual (Plataforma de Trámites Digitales - PTD).

    La postulación es pública y gratuita.

  7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

    Los criterios de evaluación y selección son los siguientes:

    Criterio Descripción y ejemplo Puntaje máximo
    Impacto

    La práctica debe describir y sustentar el impacto alcanzado mediante indicadores concretos y verificables.

    Se debe considerar que el impacto no es el resultado directo de la implementación de actividades, sino las consecuencias positivas que dicho resultado tuvo para el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables a su cargo.

    Además, la buena práctica deberá ser pertinente estratégicamente para incidir de manera efectiva en el aumento de productividad y la competitividad de la empresa y coadyuvar a mejorar el entorno social ambiental.

    Muy bueno: 18 a 20 puntos.
    Bueno: 15 a 17 puntos.
    Adecuado: 11 a 14 puntos.
    Insuficiente: 0 a 10 puntos.
    Sostenibilidad

    La práctica debe demostrar tener el potencial de ser sostenible en el tiempo.

    Muy bueno: 18 a 20 puntos.
    Bueno: 15 a 17 puntos.
    Adecuado: 11 a 14 puntos.
    Insuficiente: 0 a 10 puntos.
    Innovación

    La práctica responde a una necesidad o problema de la empresa, pero que al mismo tiempo involucra el beneficio de sus proveedores y clientes, y para definir la solución se exploraron diversas posibilidades novedosas que agregan valor a sus procesos. La solución debe ser creativa y original en sus distintas fases.

    Muy bueno: 18 a 20 puntos.
    Bueno: 15 a 17 puntos.
    Adecuado: 11 a 14 puntos.
    Insuficiente: 0 a 10 puntos.
    Replicabilidad

    La práctica debe demostrar ser potencialmente replicable y/o haber sido replicada por otras instancias de la propia empresa o de terceros. Para ello realiza esfuerzos para que su experiencia dé cuenta de un proceso estructurado, ordenado, a efectos de que pueda ser difundido a otras empresas apropiadamente.

    Muy bueno: 18 a 20 puntos.
    Bueno: 15 a 17 puntos.
    Adecuado: 11 a 14 puntos.
    Insuficiente: 0 a 10 puntos.
    Resiliencia

    La práctica contribuye a la reducción de los riesgos identificados en sus procesos de gestión de la Factura Negociable, asegurando el cumplimiento de sus obligaciones fiscalizables y del bien jurídico protegido contenido en la normativa que regula este instrumento financiero.

    Muy bueno: 18 a 20 puntos.
    Bueno: 15 a 17 puntos.
    Adecuado: 11 a 14 puntos.
    Insuficiente: 0 a 10 puntos.
    Puntaje total 100
    Puntaje satisfactorio 75


  8. GANADORES DEL CONCURSO DE RECONOCIMIENTO DE BUENAS PRÁCTICAS – CATEGORÍA: FACTURAS NEGOCIABLES

    Los postulantes que obtengan un puntaje satisfactorio (mayor o igual a setenta y cinco (75) puntos) serán reconocidas por sus buenas prácticas en la Categoría: Facturas Negociables, a través de la incorporación al Ranking de Buenas Prácticas de MYPE e Industria.

    Las dos (02) buenas prácticas de empresas privadas y las dos (02) buenas prácticas de entidades públicas con los puntajes más altos serán reconocidas además con otras modalidades de reconocimientos descritas en el literal b) del numeral 9 de las presentes Bases, que serán determinadas por la Comisión de Selección.

    La decisión de la Comisión de Selección se adopta por mayoría simple y se consigna en el acta correspondiente. En caso que no se determine ninguna buena práctica con puntaje satisfactorio, la Comisión de Selección declara concluido el proceso.


  9. BENEFICIOS DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE RECONOCIMIENTO DE BUENAS PRÁCTICAS – CATEGORÍA: FACTURAS NEGOCIABLES
    • Incorporación al Ranking de Buenas Prácticas de MYPE e Industria.
    • El Ranking de Buenas Prácticas de MYPE e Industria es administrado por la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria de PRODUCE, a través de un aplicativo informático disponible en el Portal Institucional de PRODUCE, el cual es de acceso público y gratuito.

      El plazo de permanencia en el Ranking de Buenas Prácticas de MYPE e Industria es de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su última incorporación al citado listado.

      El administrado puede difundir su incorporación en el Ranking de Buenas Prácticas de MYPE e Industria mientras la misma esté vigente. Para tal efecto, deberá señalar de forma expresa que su incorporación a dicho Ranking está vinculada a un proceso, producto, servicio determinado y/o planta industrial, establecimiento o predio determinados, así como el periodo de vigencia de dicha incorporación.

    • Otras modalidades de reconocimiento.
      • La difusión de las buenas prácticas a través del Portal Institucional y las redes sociales de PRODUCE.
      • La entrega de certificados de felicitación con el logo institucional de PRODUCE.
      • La participación en ferias y eventos que organice y/o en las que participe PRODUCE.

  10. CALENDARIO DE ACTIVIDADES.
    Actividades Inicio Fin
    Convocatoria y difusión marzo de 2023 junio de 2023
    Postulación abril de 2023 junio de 2023
    Fiscalización julio de 2023
    Evaluación julio de 2023
    Selección julio de 2023
    Comunicación de resultados julio de 2023

    (*) Actualizado mediante la Resolución Directoral 00002-2023-PRODUCE/DGSFS

    El otorgamiento del reconocimiento de buenas prácticas se programará oportunamente según el número de administrados seleccionados como ganadores, siendo la fecha comunicada con la debida anticipación a los mismos, así como la(s) modalidad(es) de reconocimiento que les corresponda, conforme lo determine la Comisión de Selección.


  11. VERACIDAD Y TRANSPARENCIA.

    Los documentos de postulación de la práctica deberán contener información objetiva, clara y fácilmente verificable sobre la práctica y en particular sobre su impacto.

    Toda la información contenida en la postulación se considera verdadera por el solo hecho de su presentación al presente Concurso de Reconocimiento de Buenas Prácticas. Si se encontrara que no se cumple esta condición en cualquier etapa del proceso de evaluación, se descalifica automáticamente esa postulación.


  12. LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE BUENAS PRÁCTICAS.

    Resulta aplicable para la presente convocatoria lo señalado en los Lineamientos para la aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las Actividades de la Industria, Comercio Interno y otras materias del sector MYPE e Industria, bajo competencia del Ministerio de la Producción, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 00050-2022-PRODUCE, en concordancia con el Reglamento de Fiscalización y del Procedimiento Administrativo Sancionador del Ministerio de la Producción aplicable a la Industria y Comercio Interno, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PRODUCE, según corresponda.


  13. CONSULTAS.

    Para cualquier consulta adicional se puede comunicar con nosotros a través del correo electrónico: buenaspracticasmypei@produce.gob.pe.


  14. ANEXOS.
      - Anexo 01: FORMATO Nº 1: FICHA DE POSTULACIÓN
      - Anexo 02: FORMATO Nº 2: DESCRIPCIÓN DE LA BUENA PRÁCTICA
      - Anexo 03: MATRIZ DE EVALUACIÓN
      - Anexo 04: MATRIZ DE SELECCIÓN